La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las empresas de telefonía pueden ser responsables cuando entregan una línea telefónica a otra persona sin realizar una verificación adecuada de identidad. El criterio establece un precedente para que las víctimas de «SIM swapping» puedan reclamar una indemnización por los daños ocasionados, siempre que acrediten la negligencia de la compañía y las afectaciones sufridas. Especialistas recomendaron conservar reportes y evidencias para respaldar posibles reclamaciones.